Cualquier mensaje publicitario que induzca a error o engaño es publicidad engañosa y constituye una infracción a la Ley del Consumidor. El error o engaño en la publicidad puede estar relacionado a varios aspectos del producto o servicio.
Por ejemplo:
Materiales o ingredientes con los que está hecho un producto. Ejemplo: señala 100% natural, pero la rotulación dice otra cosa. O indica propiedades como aquellas que no dañan al medio ambiente o que es reciclable, entre otras.
La capacidad que tendrá el producto que cumplir con lo que dice que hace. Ejemplo, la publicidad señala que un artículo tiene propiedades o características determinadas (adelgace en dos días), pero no está comprobado. Por ejemplo, automóvil 4x4 (tracción en 4 ruedas)
Todo aquello relacionado con información del precio, que lo induzca a error. Ejemplo, carteles que tienen un precio enorme del producto en oferta, pero en realidad lo que muestran es el valor de la cuota, informando en pequeñas letras el valor final lo que puede provocar una compra por error de un consumidor que se siente atraído por el mensaje. Otro ejemplo, es precios informados (viajes) que no incluyen impuestos, gastos, etc, que finalmente terminan subiendo el precio.
Información en letra chica. Una publicidad con letra chica, que los consumidores no alcanzan a leer, comete infracción porque no cumple con la obligación de entregar información veraz y oportuna.
Entregar información falsa. Por ejemplo, "podrá bajar de peso en 7 días".
Condiciones de la garantía. “Si no está conforme, le devolvemos el dinero”. Esto constituye publicidad engañosa en la medida en que no se cumpla por parte de la empresa que le ofreció la opción.
Ofrecer productos, sin informar el stock. En sitios Web por ejemplo, se informan ofertas imperdibles, pero no se informa la cantidad disponible o la vigencia de la misma.
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